¿Algún caso de éxito de una licencia Creative Commons?

cc-logo.PNGHoy leyendo el post de Christian en que se pregunta si sirven de algo las licencias Creative Commons, traspaso el tema a este blog, para intentar saber si alguien conoce algún caso de éxito de una licencia Creative Commons. Es decir, que ante un claro caso de violación de una licencia CC, ¿alguien ha recurrido en un juzgado por tal violación de derechos y ha ganado el caso? No descarto que lo haya, pero yo no he oído de ninguno.

Hará 5-6 años recuerdo cómo el 50% de las páginas amateurs (y no tanto) que visitaba, incluyendo algunas de las mías, colocaban símbolos de copyright que protegía los diseños y los contenidos. Evidentemente, el 99.9% de esas páginas tenían un copyright falso. Con la introducción del movimiento copyleft, ha permitido la expansión de la cultura en internet, y ha contribuído en gran medida a la tan nombrada web2.0, dónde los contenidos se comparten, copian y modifican. Sin embargo, no todo en internet es buen rollo y buenas intenciones, y se han conocido casos de gente tratando de pasarse de lista (me vienen a la cabeza algunos agregadores, sobre todo) violando los derechos de CC y no respetando los códigos de conducta. Si bien tarde o temprano se acaban rindiendo ante la presión de los bloggers, podrían perfectamente no hacerlo.

Sería muy interesante si alguien más metido en el mundo legal nos diese su punto de vista sobre Creative Commons, o si alguno de vosotros conoce algún caso dónde la ley haya respetado CC, no os quedéis callados :-)

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  1. Hola Álvaro. La pregunta que planteas es muy interesante y creo que está en la mente de muchos bloggers. Pero en realidad, la pregunta está mal planteada: las creative commons no protegen sino que liberan.

    Tu cuando escribes algo en tu blog, por el mero hecho de crearlo (sin ir al registro de la propiedad intelectual ni nada de eso) tienes todos los derechos reservados sobre tu obra. Nadie puede reproducirlo o distribuirlo sin tu permiso. Y esto es así, usando jerga informática “por defecto”.

    Las Creative Commons lo que hacen es liberar parte de esos derechos. Si los liberas todos tu obra pasa al dominio público, pero lo normal es que la gente libere los derechos de reproducción o distribución. Si alguien por ejemplo te plagia, tengas Creative Commons o no puedes empezar un pleito y si demuestras que la obra es tuya llevas las de ganar (incluso aunque no la tengas en el registro de la propiedad insisto).

    Por acercarlo a tu caso, si alguien usa un artículo de tu blog no es ya que infringa la CC sino que va más allá, vulnera la Ley de Propiedad Intelectual. Con lo cual si te apetece meterte en juicio lo puedes hacer sin problemas.

    Lo curioso es que mucha gente pone la CC pensando que es un sustitutivo del copyright y no tiene nada que ver. De hecho, el simbolito ese clásico del copyright puedes ponerlo ya mismo sin pedirle permiso a nadie, y la mayoría de la gente piensa que tienes que pagar o algo así por hacer uso de él.

    Con todo en el blog de David Bravo ya han salido algunas sentencias con CC de por medio:

    http://www.filmica.com/david_bravo/archivos/005865.html
    http://www.filmica.com/david_bravo/archivos/002980.html

    Espero que podamos seguir hablando el domingo por la mañana ;-)

  2. Me has resuelto dos dudas de golpe: la función del copyleft, y el hecho de que no hay que pagar o registrarte en ninguna parte para hacer el copyright. Creo que sí es verdad que lo mío no es caso aparte :D y que mucha gente está bastante confundida con este asunto… en mi caso honestamente uso la licencia y jamás he leído nada en la página de CC.

    Pero es lo que tienen las modas, ídem con los microformatos, poca gente sabe qué son más allá de colocar un iconcito enlazando tu profile.

    Gracias por la info, y el domingo hablamos ;)

  3. Más allá de la discusión sobre si las licencias de Creative Commons liberan o protegen derechos, en Chile hubo un caso medianamente bullado en el que una multitienda utilizó una imagen publicada en Flickr con licencia BY-NC-SA

    El afectado llevó su caso a la ONG Derechos Digitales y ellos asumieron su representación:

    Armando se moviliza rápidamente y nos reunimos con él en las oficinas de ONG Derechos Digitales. Acordamos representarlo dado que veíamos que más que una violación de derecho de autor y de licencia CC, un tema de interés público comprometido. Jueves de la semana pasada se envía una carta de cese&desistimiento a la gerencia de Falabella y el viernes -luego de repetidas llamadas telefónicas- teníamos a un representante de la agencia de diseño Porta4, encargadas de la web, en nuestras oficinas llegando a un acuerdo económico que fuera acorde con los daños causados y con la utilización indebida de la imagen.

    Puedes leer la historia completa en el blog del presidente de Derechos Digitales, Claudio Ruiz:

    El caso del panda punk, the true story « Quemarlasnaves.net

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